¿QUÉ IMPLICACIONES TIENE EL TRABAJO REMOTO EN LA SEGURIDAD SOCIAL?

El trabajo remoto ha sido un reto para empleadores y trabajadores, sin embargo, es una realidad que, pese a que se normalicen algunas actividades de forma presencial, para muchas empresas se comprobó que el trabajo remoto funciona y, por ende, está se seguirá aplicando, ya se por temas de costos, de efectividad en el desarrollo de las labores y, por que no, por la calidad de vida que esto puede representar para los trabajadores.

Ahora, la ley 2121 de 2021 trajo consigo unos lineamientos para estas empresas que decidan trabajar en esta modalidad; un punto importante, es toda la ampliación de cobertura que deben tener, en conjunto con el empleado y la ARL, con la finalidad que las condiciones de seguridad en el trabajo se mantengan y sean garantizadas en todo momento.

Así las cosas, para que realmente se logré una protección en seguridad y salud, los extremos de la relación laboral deben ser conscientes que es de gran importancia la confianza entre estos, pues se deben tener limites laborales claros en cuanto a las actividades, toda vez que el empleador no puede estar monitoreando todo el tiempo el desarrollo del empleado.

Adicionalmente, las partes deben acordar con claridad en el contrato de trabajo qué ocurre si el lugar de trabajo cambia y, si sobre este cambio el empleador tenía conocimiento o si, por el contrario, el empleado puede cambiar de lugar sin dar previo aviso; todos los supuestos de hecho anteriores deben ser acordados previamente, pues depende de esto sí podría considerarse un accidente dentro del marco laboral y, por ende, su tratamiento.

Por otro lado, es pertinente tener en cuenta que si bien el empleador es quien debe delimitar esos peligros y valorar el nivel de riesgo en el lugar del trabajo, se tiene la limitante que este lugar de trabajo será un espacio personal del empleador, es por ello que, el empleado debe aceptar que pese a ser un lugar personal, la empresa podrá tener cierta injerencia en el mismo con la finalidad de garantizar las condiciones idóneas del puesto donde se desarrollarán las actividades y la salud del trabajador.

Finalmente, esta injerencia del empleador debe respetar y tener como limite la intimidad del trabajador, bajo criterios fundamentales de razonabilidad y proporcionalidad.

Por: Laura Silva Barrera – Consultora de Servicios Legales

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