La Ley 2040 de 2020 adoptó algunas medidas para fomentar la contratación de adultos mayores, con la finalidad de garantizar que los mismos pudiesen tener un envejecimiento más activo en nuestro país. A su vez, está ley trajo consigo beneficios a contribuyentes en la reducción de impuestos cuando se realicen contrataciones de esta población.
Ahora, por adulto mayor para la aplicación de esta ley se entienden los adultos que no gozan de una pensión de vejez, no sean beneficiarios de pensión de sobrevivientes y, que adicionalmente, cuenten con la edad para pensionarse, es decir mujeres 57 años y hombres 62 años.
Así pues, como se mencionó anteriormente, se presenta un beneficio para los contribuyentes en la deducción del impuesto de renta, siendo aplicable para:
- Empleadores que sean contribuyentes y estén obligados a presentar declaración de renta, los cuales contraten adultos mayores.
- Los adultos mayores deben ser mínimo el 2.5% de la totalidad de los empleados, cuando estos sean inferiores a 100.
- Esto se incrementará en un 0.5% por cada 100 empleados adicionales, con un límite del 5%.
En ese sentido, estos empleadores tendrán derecho a deducir del impuesto el 120% del valor de los salarios y prestaciones sociales correspondientes a los adultos mayores, durante los años grabables en donde el adulto mayor este contratado.
Adicionalmente, a los requisitos mencionados el empleador debe tener en cuenta los siguientes aspectos para ser beneficiario de la deducción:
- La contratación del adulto mayor debe ser mínimo de un año.
- Si por alguna situación se termina el contrato antes del año, el empleador podrá contratar a otro adulto mayor y con este completar el año.
- Si se finaliza la relación laboral por un incumplimiento de las obligaciones del empleador, este perderá los beneficios obtenidos por ese trabajador particular.
Finalmente, la contratación de adultos mayores, en la contratación de procesos públicos, se tiene cuenta como un criterio preferencial. Así pues, es evidente que la finalidad total de la ley es incentivar que tanto personas naturales como jurídicas den empleo a las personas que si bien han cumplido determinada edad cuentan con todas las capacidades para seguir teniendo una vida activa y que pueda aportar a la económica y desarrollo de nuestro país.
Por: Laura Silva Barrera – Consultora de Servicios Legales